Pensión de alimentos: cómo se calcula y cómo modificarla

La pensión de alimentos es la cantidad que un progenitor aporta para cubrir las necesidades de sus hijos cuando no conviven con él. Es uno de los puntos que más conflicto generan tras un divorcio, sobre todo cuando cambian los ingresos o los hijos se hacen mayores. Estas son las claves.
Qué cubre
Según el Código Civil, los alimentos incluyen todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación de los hijos. Se distinguen de los gastos extraordinarios (tratamientos médicos no cubiertos, ortodoncia, gafas, clases de refuerzo necesarias), que normalmente se reparten aparte, al 50 % o en proporción a los ingresos.
Cómo se calcula
No hay una cifra fija. El juez aplica un criterio de proporcionalidad entre:
- Las necesidades de los hijos: edad, colegio, salud, nivel de vida que tenían.
- Los ingresos y patrimonio de cada progenitor.
Como orientación, los juzgados manejan las tablas del Consejo General del Poder Judicial, que proponen importes según los ingresos y el número de hijos. Son orientativas, no obligatorias. En la práctica, en Albacete y su provincia es frecuente ver pensiones que oscilan, por hijo, entre el 10 y el 20 % de los ingresos netos del obligado, pero cada caso se calcula por separado. Incluso si el progenitor no tiene ingresos, suele fijarse un mínimo vital.
Hasta cuándo se paga
No termina automáticamente a los 18 años. Se mantiene mientras el hijo no sea económicamente independiente y siga formándose con aprovechamiento. Puede extinguirse si el hijo mayor de edad no estudia ni trabaja por causa imputable a él, o si ya tiene ingresos suficientes. La extinción debe pedirse al juzgado: dejar de pagar por tu cuenta no es una opción.
Cuándo se puede modificar
Por alteración sustancial de las circunstancias, que además sea duradera e imprevista:
- Pérdida del empleo o reducción importante de ingresos del que paga.
- Aumento relevante de los ingresos de cualquiera de los dos.
- Cambio de custodia o de las necesidades de los hijos (enfermedad, estudios fuera).
- Nacimiento de otros hijos del obligado.
Se tramita mediante un procedimiento de modificación de medidas, de mutuo acuerdo o contencioso. Desde 2025 es necesario intentar antes un acuerdo extrajudicial, salvo excepciones.
Qué hacer si no se paga
- Reclamar en el juzgado la ejecución de la sentencia: el juez puede embargar nómina, cuentas o devoluciones de Hacienda.
- Si el impago dura dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos, puede constituir un delito de abandono de familia.
- Existe un Fondo de Garantía de Pensiones de Alimentos para casos de impago con pocos recursos.
Cómo te ayudamos
Calculamos una pensión justa con datos reales, negociamos con la otra parte y, si hace falta, pedimos la modificación o la ejecución en los juzgados de Albacete y Villarrobledo. Atendemos también a familias de La Roda, Tomelloso y San Clemente.
Preguntas frecuentes
¿Puedo dejar de pagar la pensión si mi hijo cumple 18 años?
No. Hay que pedir la extinción al juzgado y acreditar que ya es independiente o que no aprovecha su formación por causa propia.
¿Se actualiza la pensión cada año?
Normalmente sí, conforme al IPC u otro índice que fije la sentencia o el convenio.
¿Qué pasa si pierdo el trabajo?
Debes pedir cuanto antes la modificación de medidas. Mientras no se modifique, la deuda sigue acumulándose.
Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento profesional sobre tu caso concreto.




